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Artículo 9 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de la Ciudad de México y de las alcaldías deben promover y cuidar los derechos de niñas, niños y adolescentes, cada una dentro de lo que les corresponde hacer. Esto significa que tienen que fomentar que se respeten, protejan y conozcan esos derechos. Para lograrlo, se guían por las reglas principales que marca esta ley y también por lo que dicen los acuerdos internacionales firmados por México. En pocas palabras, es su obligación crear una cultura donde se valore y defienda el bienestar de los menores.

Texto oficial

Artículo 9. Las autoridades en la Ciudad de México y de los órganos político administrativos, en el ámbito de sus respectivas competencias, impulsarán la cultura de respeto, promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, basada en los principios rectores de esta Ley y los establecidos en los tratados internacionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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