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Artículo 30 de la LEY PARA EL RECONOCIMIENTO Y LA ATENCIÓN DE LAS PERSONAS LGBTTTI DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Atención a la Diversidad Sexual (UNADIS) es una oficina del gobierno de la Ciudad de México que se encarga de juntar a diferentes grupos (como el gobierno, los tribunales, las alcaldías y organizaciones civiles) para acordar y dar seguimiento a acciones que beneficien a las personas LGBTTTI. Esta unidad depende de la Secretaría de Gobierno y su misión es asegurar que se cumpla la ley que protege los derechos humanos de la comunidad LGBTTTI, revisando que todo avance como debe ser. Además, la UNADIS debe procurar que trabajen ahí personas de la comunidad LGBTTTI y que haya equilibrio entre hombres y mujeres en el equipo.

Texto oficial

Artículo 30. La Unidad de Atención a la Diversidad Sexual de la Ciudad de México, es el instrumento para la concertación, el establecimiento y seguimiento a acuerdos, acciones, políticas públicas entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los Organismos Autónomos, las Alcaldías, las Organizaciones de la Sociedad Civil y la Academia. La Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México tendrá a su cargo la UNADIS, área encargada de garantizar el cumplimiento de los fines de la presente Ley, a efecto de asegurar la progresividad de los derechos humanos de las personas LGBTTTI, así como para dar el seguimiento oportuno a lo mandatado por esta Ley y demás normativa en la materia, de acuerdo con sus atribuciones. En esta área se deberá procurar la inclusión laboral de personas LGBTTTI, privilegiando la paridad de género en su composición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.