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Artículo 7 Bis de la LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación de la Ciudad de México tiene que crear planes y acciones oficiales (políticas públicas) para mejorar qué tan buena es la educación y subir su nivel. Para esto, van a trabajar dos áreas específicas: la Subsecretaría de Educación y la Dirección General de Planeación y Evaluación Estratégica. Ellos son los encargados de diseñar esas estrategias. En pocas palabras, el artículo dice que el gobierno local debe hacer todo lo necesario para que estudiar en la ciudad sea mejor y de más calidad.

Texto oficial

Artículo 7 Bis. - La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, a través de la Subsecretaría de Educación y la Dirección General de Planeación y Evaluación Estratégica, elaborará las políticas públicas necesarias correspondientes que aporten elementos para elevar la calidad y el nivel de la educación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.