Artículo 7 Quater de la LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Planeación y Evaluación Estratégica de la Secretaría de Educación de la CDMX tiene dos tareas: la primera es hacer que los estudiantes, desde la primaria, se acostumbren a leer periódicos y revistas para que les interesen temas importantes de la sociedad. La segunda es proponer paquetes de materiales didácticos y libros que ayuden a formar lectores, diseñados específicamente para cada nivel de educación básica. Estos materiales van dirigidos a alumnos, maestros, tutores y papás. En pocas palabras, buscan que desde niños aprendan a informarse leyendo noticias y tengan herramientas para fomentar el hábito de la lectura.
Texto oficial
Artículo 7 Quater.- Corresponde a la Dirección General de Planeación y Evaluación Estratégica de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México: I. Infundir en los estudiantes, desde la educación básica la práctica de la lectura de periódicos y revistas, a fin de despertar su interés por los temas de trascendencia pública; y II. Proponer paquetes didácticos de estímulo y materiales bibliográficos que estimulen la formación de lectores, adecuados para cada nivel de la educación básica, dirigidos a educandos, tutores, tutoras docentes, padres y madres de familia
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.