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Artículo 7 Ter de la LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría de Educación tiene dos tareas importantes: primero, junto con la autoridad educativa federal, va a impulsar que en primaria y secundaria se enseñen materias para entender y disfrutar la lectura. Segundo, debe promover actividades como talleres, círculos de lectura (incluyendo unos que tomen en cuenta la perspectiva de género) y clubes del libro en las escuelas de la Ciudad de México, en las bibliotecas públicas y en espacios donde haya programas sociales del gobierno. Todo esto es para que más personas lean y se interesen por los libros.

Texto oficial

Artículo 7 Ter. - Corresponde a la Subsecretaría de Educación: I. En coordinación con la autoridad educativa federal se buscará impulsar la incorporación de asignaturas de comprensión y fomento a la lectura en el nivel básico de educación, y II. Fomentar la realización de talleres, círculos literarios, círculos de lectura con perspectiva de género, libro clubes y cualesquiera otras medidas conducentes al fomento de la lectura y del libro, en las instituciones educativas pertenecientes al Sistema Educativo de la Ciudad de México, en la Red de Bibliotecas Públicas de la Ciudad de México y en los espacios públicos en donde se implementen programas sociales a cargo del Gobierno de la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.