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Artículo 102 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno (en coordinación con las autoridades educativas) se encarga de vigilar cómo trabajan los doctores, enfermeras, técnicos y demás personal de salud. También ayuda a que se formen colegios o asociaciones de estos profesionales. La idea es que esos grupos participen en el Sistema de Salud para asegurar que todos actúen con ética y sigan actualizándose. Además, cuando las autoridades de salud lo necesiten, estos colegios pueden darles consejos o consultoría.

Texto oficial

Artículo 102. El Gobierno, en el ámbito de sus competencias y en coordinación con las autoridades educativas, vigilarán el ejercicio de las y los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud en la prestación de los servicios respectivos, además, coadyuvará en la promoción y fomento de la constitución de colegios, asociaciones y organizaciones de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud, estimulando su participación en el Sistema de Salud, como instancias éticas del ejercicio de las profesiones, promotoras de la superación permanente de sus miembros, así como consultoras de las autoridades sanitarias, cuando éstas lo requieran.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.