Artículo 135 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te lesionas en un accidente, puedes pedirle atención médica al gobierno siguiendo las reglas que tienen para recibir servicios. El gobierno está obligado a hacer varias cosas: debe seguir las normas técnicas para prevenir accidentes y atender a los heridos, tomar las medidas necesarias para evitar que ocurran accidentes, pedir ayuda a hospitales públicos, privados y a la sociedad en general para prevenirlos y atender a los afectados, y crear programas intensivos enfocados en prevenir accidentes, sobre todo los relacionados con adicciones. También tiene que cumplir con cualquier otra obligación que le marquen las leyes.
Texto oficial
Artículo 135. Las personas que sufran lesiones en accidentes podrán solicitar atención médica al Gobierno, conforme a las modalidades de acceso a los servicios establecidos en las disposiciones aplicables, para lo cual éste deberá: I. Cumplir las normas técnicas para la prevención y control de los accidentes, así como para la atención médica de las personas involucradas en ellos; II. Disponer las medidas necesarias para la prevención de accidentes; III. Promover la colaboración de las instituciones de los sectores público, social y privado, así como de las y los profesionales, técnicos y auxiliares para la salud y de la población en general, en materia de prevención, control e investigación de los accidentes, así como para la atención médica de las personas involucradas en ellos; IV. Realizar programas intensivos permanentes, en coordinación con las autoridades competentes, que tengan el propósito de prevenir, evitar o disminuir situaciones o conductas que implican el establecimiento de condiciones o la generación de riesgos para sufrir accidentes, especialmente vinculados con las adicciones, y V. Las demás que le reconozcan las disposiciones legales aplicables. CAPÍTULO XXIV PREVENCIÓN DE LA DISCAPACIDAD Y REHABILITACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.