Artículo 15 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier persona puede denunciar ante las autoridades de salud cualquier situación, acción o falta que ponga en riesgo o dañe la salud de la gente. Para que te tomen la queja, solo necesitas dar los datos para ubicar el lugar y la causa del problema, y si sabes, quién podría ser el responsable (persona o empresa). No te preocupes por tus datos personales: están protegidos por la ley y no los piden como requisito obligatorio para procesar tu denuncia.
Texto oficial
Artículo 15. Se concede a las personas Acción Popular para denunciar ante las autoridades sanitarias todo hecho, acto u omisión que represente un riesgo o provoque un daño a la salud de la población. La Acción Popular podrá ser ejercida por cualquier persona, bastando para darle curso el señalamiento de los datos que permitan localizar el lugar y la causa del riesgo, así como, en su caso, a la persona o personas físicas o morales presuntamente responsables. Los datos personales para ejercer la Acción Popular serán protegidos, de conformidad con la legislación en la materia y no se constituirán en un requisito para la procedencia de su denuncia. CAPÍTULO IV SISTEMA DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y DE LAS COMPETENCIAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.