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Artículo 167 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las actividades que hagas en la calle, como vender comida, poner un puesto o hacer algún evento, deben cumplir con las reglas de limpieza y salud que correspondan. Está prohibido hacer cosas que pongan en riesgo la salud de las personas o que sean muy peligrosas, como manejar sustancias tóxicas sin protección. Si tu actividad genera basura o desperdicios, tienes la obligación de limpiarlos y tirarlos en los botes o lugares que indiquen las autoridades. La Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México es la encargada de vigilar que se cumplan estas reglas de salubridad.

Texto oficial

Artículo 167. Todas las actividades que se realicen en la vía pública, deberán cumplir con las disposiciones de higiene y sanidad que correspondan. Queda prohibida la realización de actividades en vía pública que generen riesgos excesivos o daños a la salud humana. Los responsables de las actividades en vía pública que generen basura o desperdicios, deberán limpiarlos y depositarlos en la forma y en los lugares establecidos en las disposiciones aplicables. La vigilancia sanitaria quedará a cargo de la Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.