Artículo 173 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un certificado es un documento oficial que te da la autoridad de salud para comprobar o informar sobre algo. Por ejemplo, para asuntos de salud, el gobierno puede emitir certificados de nacimiento, de defunción, de muerte de un bebé antes de nacer, o de que un producto, proceso o servicio cumple con las reglas sanitarias. También se pueden dar otros tipos que digan la Ley General de Salud y sus reglamentos. En pocas palabras, es un papel que sirve para demostrar ciertos hechos relacionados con la salud.
Texto oficial
Artículo 173. Se entiende por certificado, la constancia expedida en los términos que establezca la autoridad sanitaria correspondiente para la comprobación o información de determinados hechos. Para fines sanitarios, la autoridad sanitaria competente, a través de las unidades administrativas correspondientes, extenderá, entre otros, los siguientes certificados: I. De nacimiento; II. De defunción; III. De muerte fetal; IV. De condición sanitaria de productos, procesos o servicios, y V. Los demás que determine la Ley General y sus reglamentos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.