Artículo 96 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que puedas recibir atención médica, medicamentos y otros insumos gratis en la Ciudad de México, necesitas cumplir tres cosas: vivir en la Ciudad de México, no tener derecho a servicios de seguridad social (como IMSS o ISSSTE), y tener tu CURP. Si no tienes CURP, puedes presentar tu acta de nacimiento, certificado de nacimiento u otros documentos que indiquen las reglas.
Texto oficial
Artículo 96. Para ser persona beneficiaria de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a que se refiere el presente capítulo, se deben reunir los requisitos siguientes: I. Residir en la Ciudad de México; II. No ser derechohabiente de algún servicio de seguridad social, y III. Contar con Clave Única de Registro de Población. En caso de no contar con dicha clave, podrá presentar acta de nacimiento, certificado de nacimiento o los documentos que se establezcan en las disposiciones reglamentarias.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.