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Artículo 96 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que puedas recibir atención médica, medicamentos y otros insumos gratis en la Ciudad de México, necesitas cumplir tres cosas: vivir en la Ciudad de México, no tener derecho a servicios de seguridad social (como IMSS o ISSSTE), y tener tu CURP. Si no tienes CURP, puedes presentar tu acta de nacimiento, certificado de nacimiento u otros documentos que indiquen las reglas.

Texto oficial

Artículo 96. Para ser persona beneficiaria de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a que se refiere el presente capítulo, se deben reunir los requisitos siguientes: I. Residir en la Ciudad de México; II. No ser derechohabiente de algún servicio de seguridad social, y III. Contar con Clave Única de Registro de Población. En caso de no contar con dicha clave, podrá presentar acta de nacimiento, certificado de nacimiento o los documentos que se establezcan en las disposiciones reglamentarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.