Artículo 109 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una autoridad te afectó con su decisión, tienes dos opciones para defenderte: o presentas un reclamo o queja formal (recurso de inconformidad) siguiendo el procedimiento de la ley del tema, o demandas en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de tu estado para anular su acto.
Texto oficial
Artículo 109. El interesado afectado por los actos y resoluciones de la autoridad, podrá interponer recurso de inconformidad conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables en la materia o promover juicio nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo local.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.