Artículo 25 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el gobierno hace un trato o convenio con una empresa privada para un proyecto de vivienda, ese trato es un bien público, o sea, le pertenece a todos y no puede ser escondido. Cualquier persona puede tener acceso a esa información, siempre y cuando lo haga siguiendo las reglas que marca la ley. Esto quiere decir que no es un secreto entre el gobierno y la empresa, sino que tú, como ciudadano, puedes consultarlo.
Texto oficial
Artículo 25. Todos los acuerdos y convenios que se celebren con el sector privado, se considerarán un bien común de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones conforme a los ordenamientos aplicables a la materia. TÍTULO II DE LA POLÍTICA Y DE LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA CAPITULO I DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.