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Artículo 25 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el gobierno hace un trato o convenio con una empresa privada para un proyecto de vivienda, ese trato es un bien público, o sea, le pertenece a todos y no puede ser escondido. Cualquier persona puede tener acceso a esa información, siempre y cuando lo haga siguiendo las reglas que marca la ley. Esto quiere decir que no es un secreto entre el gobierno y la empresa, sino que tú, como ciudadano, puedes consultarlo.

Texto oficial

Artículo 25. Todos los acuerdos y convenios que se celebren con el sector privado, se considerarán un bien común de dominio público, accesible a cualquier persona en los términos y condiciones conforme a los ordenamientos aplicables a la materia. TÍTULO II DE LA POLÍTICA Y DE LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA CAPITULO I DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.