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Artículo 52 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (dependencia del gobierno) va a trabajar con otras autoridades para crear, arreglar y mantener los espacios públicos, como parques o plazas. La idea es que estos lugares te ayuden a sentirte bien física y emocionalmente, que te den una sensación de libertad y bienestar, y que también bajen el estrés y la sensación de inseguridad. Además, busca que mejoren la imagen de las unidades habitacionales (como los conjuntos de departamentos o colonias). En todo lo que se haga, deben asegurarse de que los espacios sean seguros para todas las personas, sobre todo para mujeres, niños, niñas, adultos mayores y personas con discapacidad.

Texto oficial

Artículo 52. La Secretaría, en coordinación con las autoridades competentes, deberá fomentar la conformación, rehabilitación y preservación de los espacios públicos, con la finalidad de brindar beneficios físicos y emocionales, que se traduzcan en un sentimiento de bienestar y libertad, pérdida o reducción considerable del estrés y la inseguridad, mejoramiento de la imagen y el entorno de las unidades habitacionales en general. En todas las acciones que se realicen, se deberá garantizar la seguridad a toda la población y en especial a las mujeres, niñas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad, en el espacio público. TÍTULO IV VIVIENDA ADECUADA E INCLUYENTE CAPÍTULO ÚNICO DE LA VIVIENDA ACCESIBLE Y ASEQUIBLE

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.