Artículo 67 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Finanzas va a revisar cada año un programa de apoyos para los dueños de casas que estén en la lista del Patrimonio Arquitectónico Urbanístico de la Ciudad de México. Si tu casa está en esa lista y necesita reparaciones o mejoras, puedes recibir esos apoyos. Pero antes de hacer cualquier cambio, las autoridades autorizadas tienen que revisar y dar su visto bueno al proyecto. En pocas palabras, es un plan para que puedas arreglar tu casa sin problemas, siempre y cuando esté protegida por su valor histórico o arquitectónico.
Texto oficial
Artículo 67. La Secretaría de Finanzas analizará un programa anual de estímulos para que los propietarios de las viviendas que se encuentren declarados afectos al Patrimonio Arquitectónico Urbanístico del Distrito Federal, y requieran de acciones de mejoramiento, puedan realizar mejoras en su vivienda previo dictamen de las autoridades facultadas. TÍTULO VI DE LA PRODUCCIÓN SOCIAL DE VIVIENDA CAPÍTULO ÚNICO
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