Artículo 90 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando quieras hacer trámites como escriturar una casa o registrar un terreno, los datos oficiales del inmueble (como dónde está, cuánto mide y sus límites) son los que aparecen en el Registro Público de la Propiedad. Eso significa que, aunque tú tengas un papel o un contrato con otra información, para el gobierno y las autoridades lo que cuenta es lo que está anotado en ese registro. Así que no puedes inventar medidas o linderos diferentes a los que ya están registrados.
Texto oficial
Artículo 90. Para efectos de titulación, registrales o catastrales, los datos del inmueble relativos a ubicación, superficie, medidas y linderos serán los que aparezcan en el Registro Público de la Propiedad. CAPÍTULO II DEL SUELO PARA VIVIENDA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.