Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13285/91
Ley
LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
91

Artículo 91 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad y el Congreso local van a crear reglas o leyes nuevas para que se use mejor el suelo, es decir, los terrenos disponibles. Esto lo harán en zonas donde ya esté permitido construir viviendas según los planes de desarrollo urbano que el Congreso haya aprobado. La idea es que esos terrenos se aprovechen al máximo para construir casas o departamentos, siguiendo lo que digan esos planes.

Texto oficial

Artículo 91. El Gobierno de la Ciudad y el Órgano Legislativo, en el ámbito de sus atribuciones, impulsarán medidas de orden administrativo y/o de carácter legal que propicien o induzcan el aprovechamiento o un mejor aprovechamiento del suelo. Estas medidas se llevarán a cabo en las zonas y predios, en las que los programas de desarrollo urbano, aprobados por el Órgano Legislativo, permitan la edificación de vivienda, así como las condiciones de uso y aprovechamiento del suelo.

Ver texto oficial de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.