Artículo 118 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El tiempo que tiene el gobierno para obligar a alguien a cumplir una condena de cárcel solo se reinicia si agarran al sentenciado, aunque sea por otro delito, o si la fiscalía pide formalmente que otro estado lo entregue. Si lo piden, el conteo se pausa hasta que el otro estado niegue la entrega o cambie la situación legal del detenido. Para otros castigos que no son prisión, como una multa, el tiempo se reinicia cuando una autoridad hace algo para cobrarlos. También se reinicia si la víctima o el beneficiado presenta un escrito para cobrarle al sentenciado, o si la autoridad empieza un juicio civil para cobrar la deuda.
Texto oficial
ARTÍCULO 118.- (Interrupción de la prescripción de la potestad para ejecutar la pena o medida de seguridad). La prescripción de la potestad para ejecutar la pena o medida privativa de la libertad, sólo se interrumpe con la aprehensión del sentenciado, aunque se ejecute por otro delito diverso o por la formal solicitud de entrega que el Ministerio Público haga al de otra entidad federativa, en que aquél se encuentre detenido, en cuyo caso subsistirá la interrupción hasta en tanto la autoridad requerida niegue dicha entrega o desaparezca la situación legal del detenido que motive aplazar su cumplimiento. La prescripción de la potestad de las demás sanciones se interrumpirá por cualquier acto de autoridad competente para hacerlas efectivas. También se interrumpirá la prescripción de las penas pecuniarias, por las promociones que el ofendido o persona a cuyo favor se haya decretado dicha reparación, haga ante la autoridad correspondiente y por las actuaciones que esa autoridad realice para ejecutarlas, así como por el inicio de juicio ejecutivo ante autoridad civil usando como título la sentencia condenatoria correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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