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Artículo 123 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien mata a otra persona, se le castigará con una condena de entre 8 y 20 años de cárcel. La ley llama a esto "privar de la vida", que significa causar la muerte de alguien. La cantidad de años depende de cómo hayan ocurrido los hechos y lo que un juez decida.

Texto oficial

ARTÍCULO 123.- Al que prive de la vida a otro, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

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