Artículo 150 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una persona insemina a una mujer mayor de 18 años sin que ella haya dado su permiso, comete un delito. Por ese delito, el responsable puede ir a la cárcel de 4 a 7 años. La ley protege el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo y su reproducción. Esto aplica aunque hayan usado métodos como inseminación artificial.
Texto oficial
ARTÍCULO 150.- A quien sin consentimiento, realice inseminación artificial en una mujer mayor de dieciocho años, se le impondrán de cuatro a siete años de prisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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