Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 189 BIS del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que alguien comete un delito si explota a menores de 18 años o a personas que no entienden lo que pasa o no pueden defenderse. Hay tres formas de cometerlo: 1) hacer dinero con su cuerpo teniendo relaciones sexuales; 2) convencerlos para que se prostituyan o darles los medios para hacerlo; 3) ser dueño, administrar o mantener lugares como prostíbulos o casas de cita donde se explote a estas personas. El castigo es ir a la cárcel de 8 a 15 años, pagar una multa y que cierren para siempre los lugares donde pase esto.

Texto oficial

ARTÍCULO 189 BIS.- Comete el delito de lenocinio de persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o de persona que no tiene capacidad de resistir la conducta, al que: I. Explote su cuerpo, por medio del comercio carnal u obtenga de él un lucro cualquiera; II. Induzca a que comercie sexualmente con su cuerpo o facilite los medios para que sea prostituida, y III. Regentee, administre o sostenga directa o indirectamente, prostíbulos, casas de cita o lugares de concurrencia dedicados a explotar la prostitución de persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o de persona que no tiene capacidad de resistir la conducta, u obtenga cualquier beneficio con sus productos. Al responsable de este delito se le impondrá prisión de ocho a quince años y de dos mil quinientos a cinco mil días de multa, así como clausura definitiva y permanente de los establecimientos descritos en la fracción III.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.