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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13319/198
Ley
CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
198

Artículo 198 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 198 simplemente dice que esa ley o regla ya no es válida, que queda cancelada. Cuando una ley se "deroga", significa que deja de tener efecto y ya no se aplica para nadie. Es como si borraran esa parte del código legal; a partir de ese momento, ya no cuenta.

Texto oficial

ARTÍCULO 198.- Se deroga

Ver texto oficial del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 69) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.