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Artículo 226 TER del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que si alguien comete un delito de los que ya vienen en el artículo anterior (como robo o abuso de confianza), la pena de cárcel o multa se puede aumentar hasta la mitad más. Eso pasa si la persona comete el delito aprovechándose de la confianza que le tenían, o si es dueño o empleado de un negocio y le roba o daña la mascota de un cliente. También aplica si alguien recibe un animal para cuidarlo y luego lo daña, o si el delito es contra una persona con discapacidad, un menor de edad o alguien mayor de 60 años.

Texto oficial

ARTÍCULO 226 TER.- Se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas en el artículo anterior, cuando la conducta se cometa: I. Aprovechando la confianza depositada en él o los autores; II. Por los dueños, dependientes, encargados o empleados de empresas o establecimientos mercantiles, en los lugares que presten sus servicios al público sobre los animales domésticos de huéspedes, clientes o usuarios; III. Por quien haya recibido el animal doméstico en tenencia; y IV. En perjuicio de una persona con discapacidad, menor de edad o de más de sesenta años de edad CAPÍTULO II ABUSO DE CONFIANZA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 82) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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