Artículo 227 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien presta o encarga a otra persona un objeto que no es de ella, como un electrodoméstico o una herramienta, y esa persona lo vende, lo regala o lo usa como si fuera suyo causando un daño al dueño, se le considera responsable de este delito. El castigo depende del valor de lo que se haya usado indebidamente: si vale menos de cierta cantidad, solo pagan una multa; si vale más, además de la multa pueden ir a la cárcel desde unos meses hasta 12 años, según cuánto sea el valor. La "Unidad de Cuenta de la Ciudad de México" es una medida oficial que se actualiza cada año para calcular cantidades. En pocas palabras, es un delito agarrar algo prestado y disponer de él como si fuera tuyo.
Texto oficial
ARTÍCULO 227.- Al que con perjuicio de alguien disponga para sí o para otro de una cosa mueble ajena, de la cual se le haya transmitido la tenencia pero no el dominio, se le impondrán: I. De treinta a noventa días multa, cuando el valor de lo dispuesto no exceda de cincuenta veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente, o no sea posible determinar su valor; II. Prisión de cuatro meses a tres años y de noventa a doscientos cincuenta días multa, cuando el valor de lo dispuesto exceda de cincuenta pero no de quinientas veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente; III. Prisión de tres a cuatro años y de doscientos cincuenta a seiscientos días multa, cuando el valor de lo dispuesto exceda de quinientas pero no de cinco mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente; IV. Prisión de cuatro a seis años y de seiscientos a novecientos días multa, si el valor de lo dispuesto excede de cinco mil pero no de diez mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente; y V. Prisión de seis a doce años y de novecientos a mil doscientos cincuenta días multa, si el valor de lo dispuesto excede de diez mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.