Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 257 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez va a decidir el castigo para un servidor público que cometió un delito, debe revisar varios aspectos de su trabajo y su vida, como el puesto que tiene, qué tanta responsabilidad manejaba, cuánto tiempo llevaba en el cargo, su historial laboral, cuánto gana y qué estudios tiene. También tiene que considerar si es necesario que repare el daño que causó con su conducta ilegal y las circunstancias especiales del delito. Además, si el servidor público era de confianza (es decir, un funcionario con un puesto de alto nivel o muy delicado), el castigo puede aumentarse hasta un tercio más de lo normal.

Texto oficial

ARTÍCULO 257.- Para la individualización de las sanciones previstas en este Título, el juez tomará en cuenta, en su caso, el nivel jerárquico del servidor público y el grado de responsabilidad del encargo, su antigüedad en el empleo, sus antecedentes de servicio, sus percepciones, su grado de instrucción, la necesidad de reparar los daños y perjuicios causados por la conducta ilícita y las circunstancias especiales de los hechos constitutivos del delito. Sin perjuicio de lo anterior, la categoría de funcionario o empleado de confianza será una circunstancia que agravará hasta en un tercio la sanción correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 96) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.