Artículo 257 BIS del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un policía comete los delitos de los artículos 262, 269 o 272, le van a aumentar la condena hasta la mitad más de lo que ya dice la ley. Por ejemplo, si la pena normal es de 10 años, podría subir hasta 15 años. Esto aplica solo si el responsable es un servidor público que trabaja en alguna corporación policiaca. La idea es castigar más fuerte a quienes deberían proteger a la gente y abusan de su autoridad.
Texto oficial
ARTÍCULO 257 BIS.- Cuando los delitos a que se refieren los artículos 262, 269 y 272 del presente Código, sean cometidos por servidores públicos miembros de alguna corporación policiaca, las penas previstas serán aumentadas hasta en una mitad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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