Artículo 26 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando varias personas participan en un delito, pero no se puede saber exactamente qué daño causó cada una, entonces se aplica lo que dice el artículo 82 de este mismo código para decidir cómo castigarlas. Esto significa que si no se puede medir quién hizo qué, la ley se fija en lo que establece ese otro artículo para que todos reciban su castigo correspondiente.
Texto oficial
ARTÍCULO 26.- (Autoría indeterminada). Cuando varios sujetos intervengan en la comisión de un delito y no pueda precisarse el daño que cada quien produjo, para su punibilidad se estará a lo previsto en el artículo 82 de este Código. Fracción adicionada G.O.D.F. 18/12/14
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