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Artículo 272 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 272 fue eliminado de la ley, ya no está vigente. El capítulo donde estaba trata sobre el delito de peculado, que es cuando un servidor público se roba o usa dinero o bienes del gobierno para su beneficio personal. Como el artículo ya no existe, no hay ninguna regla que aplicar aquí. Lo importante es que el peculado sigue siendo un delito, pero ya no se castiga con base en ese artículo en específico.

Texto oficial

ARTÍCULO 272.- Derogado. CAPÍTULO X PECULADO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 102) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.