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Artículo 283 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez te ordena algo (por ejemplo, entregar un documento o cumplir con una decisión legal) y tú te niegas a hacerlo o te resistes, te pueden meter a la cárcel de 1 a 5 años. Esto aplica cuando el mandato viene de un tribunal o cuando no cumples lo que dice una sentencia. Ojo: no es por cualquier desobediencia, solo cuando ya hay una orden directa de un juez. Es como cuando alguien se rehúsa a obedecer una resolución judicial y por eso lo castigan.

Texto oficial

ARTÍCULO 283.- La pena será de uno a cinco años de prisión, cuando la desobediencia o resistencia sea a un mandato judicial o al cumplimiento a una sentencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 105) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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