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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13319/290
Ley
CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
290

Artículo 290 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres servidor público (como un juez o funcionario) y tomas una decisión final en un caso, como una sentencia, que va en contra de lo que dice claramente la ley o de lo que ya se demostró legalmente en el proceso, te pueden dar de 2 a 8 años de cárcel y una multa de 100 a 400 días de salario. También te aplica si un jefe que sí tiene autoridad te ordena algo legal y tú no lo haces.

Texto oficial

ARTÍCULO 290.- Se impondrán de dos a ocho años de prisión y de cien a cuatrocientos días multa, al servidor público que: I. Dicte una sentencia definitiva o cualquier otra resolución de fondo que viole algún precepto terminante de la ley, o que sea contraria a las actuaciones legalmente practicadas en el proceso; o II. No cumpla con una disposición que legalmente se le comunique por un superior competente.

Ver texto oficial del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 107) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.