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Artículo 326 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un doctor te opera sin que sea necesario, solo para ganar dinero o para esconder un error de una operación anterior, puede ir a la cárcel de 6 a 12 años y pagar una multa de 400 a 800 días de salario mínimo. También aplica si el médico finge que te opera pero no lo hace, o si te opera sin tu permiso (o sin el permiso de un familiar si tú no puedes darlo) cuando la operación es peligrosa para tu vida o puede dejarte sin un órgano o función importante, a menos que sea una emergencia. Si la persona afectada es un niño, niña, adolescente, adulto mayor, persona con discapacidad mental o parte de un pueblo indígena, el castigo se multiplica por tres. En pocas palabras: los médicos no pueden operar por dinero, sin razón o sin tu consentimiento, y si lo hacen, les va peor si la víctima es alguien vulnerable.

Texto oficial

ARTÍCULO 326.- Se impondrá de seis a doce años de prisión y de cuatrocientos a ochocientos días multa al médico que: I. Realice una operación quirúrgica innecesaria o la realice con el fin de obtener un lucro o de ocultar el resultado de una intervención anterior; II. Simule la práctica de una intervención quirúrgica; o III. Sin autorización del paciente o de la persona que ante la imposibilidad o incapacidad de aquél pueda legítimamente otorgarla, salvo en casos de urgencia, realice una operación quirúrgica que por su naturaleza ponga en peligro la vida del enfermo o cause la pérdida de un miembro o afecte la integridad de una función vital. Si la víctima u ofendido de este delito es una niña, niño, menor de edad, adolescente o persona inimputable, incapaz, adulto mayor o integrante o miembro de una comunidad o pueblo indígena, las sanciones previstas en este artículo se triplicarán. CAPÍTULO IV RESPONSABILIDAD DE DIRECTORES, ENCARGADOS, ADMINISTRADORES O EMPLEADOS DE CENTROS DE SALUD Y AGENCIAS FUNERARIAS, POR REQUERIMIENTO ARBITRARIO DE LA CONTRAPRESTACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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