Artículo 329 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si trabajas en una farmacia y cambias el medicamento que viene en la receta por otro que pueda hacer daño a la salud o que no sirva para la enfermedad que se recetó, te pueden meter a la cárcel de seis meses a dos años. Además, tendrás que pagar una multa de 50 a 200 días de salario mínimo. Esto aplica si el cambio que hiciste fue imprudente o claramente malo para el paciente.
Texto oficial
ARTÍCULO 329.- A los encargados, empleados o dependientes de una farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente señalada por otra que ponga en peligro la salud o cause daño, o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se les impondrán seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa. CAPÍTULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA O CORRESPONSABLES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.