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Artículo 329 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en una farmacia y cambias el medicamento que viene en la receta por otro que pueda hacer daño a la salud o que no sirva para la enfermedad que se recetó, te pueden meter a la cárcel de seis meses a dos años. Además, tendrás que pagar una multa de 50 a 200 días de salario mínimo. Esto aplica si el cambio que hiciste fue imprudente o claramente malo para el paciente.

Texto oficial

ARTÍCULO 329.- A los encargados, empleados o dependientes de una farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente señalada por otra que ponga en peligro la salud o cause daño, o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se les impondrán seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a doscientos días multa. CAPÍTULO VI RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA O CORRESPONSABLES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 117) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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