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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13319/350
Ley
CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
350

Artículo 350 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un funcionario público comete un delito de maltrato o crueldad contra animales aprovechando su puesto, le tocará una condena de cárcel más larga: se le aumenta la pena en la mitad. Además, perderá el derecho a trabajar en cualquier cargo público, como se explica en otro artículo del mismo código. Esto aplica solo si comete el delito mientras trabaja o usando su autoridad. Es como un castigo extra para que los servidores públicos no abusen de su puesto para lastimar animales.

Texto oficial

ARTÍCULO 350.- Cuando en la comisión de un delito previsto en este título, intervenga un servidor público en ejercicio, con motivo de sus funciones o aprovechándose de su calidad de servidor, la pena de prisión se aumentará en una mitad y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión, en los términos del artículo 258 de este Código. CAPÍTULO IV DELITOS COMETIDOS POR ACTOS DE MALTRATO O CRUELDAD EN CONTRA DE ANIMALES NO HUMANOS

Ver texto oficial del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 128) ↗

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