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Artículo 360 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si eres un líder de un partido, de una agrupación política local, de una asociación civil, o alguien que organiza eventos de campaña, y usas dinero, cosas o servicios del gobierno de manera ilegal para beneficiar a un partido o candidato, te pueden meter a la cárcel de 2 a 9 años. Además, te pueden multar con una cantidad que va desde 100 hasta 600 días de multa, que se calculan según tu salario diario en ese momento. En otras palabras, está prohibido aprovechar recursos públicos para apoyar a cualquier político o partido, y si lo haces, te arriesgas a ir a prisión y pagar una multa fuerte.

Texto oficial

ARTÍCULO 360.- Se impondrán de dos a nueve años de prisión y de cien a seiscientos días multa, al funcionario partidista, funcionario de las agrupaciones políticas locales, integrantes de asociaciones civiles, o a los organizadores de actos de campaña que, para apoyar a un partido político o un candidato, aprovechen ilícitamente fondos, bienes o servicios públicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 137) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.