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Artículo 360 TER del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres un funcionario público y, durante una consulta popular (como una encuesta oficial donde la gente vota), presionas, amenazas o fuerzas a las personas que trabajan contigo para que voten de cierta manera o para que no voten, te pueden dar de 2 a 9 años de cárcel y una multa de 200 a 400 días de salario mínimo. También aplica si condicionas algún trámite, servicio público, permiso o beneficio del gobierno (como una licencia o una obra) a cambio de que alguien vote por una opción en esa consulta. En resumen, es un delito grave que los funcionarios usen su poder para manipular el voto de la gente durante estas consultas.

Texto oficial

ARTÍCULO 360 TER.- Se impondrá prisión de dos a nueve años y de doscientos a cuatrocientos días multa, al servidor público que durante el procedimiento de consulta popular: I. Coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular; II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de una opción dentro de la consulta popular. TÍTULO VIGÉSIMO SÉPTIMO DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS INSTITUCIONES DEL DISTRITO FEDERAL CAPÍTULO I REBELIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 137) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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