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Artículo 38 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La multa es una cantidad de dinero que pagas al gobierno de la Ciudad de México. Se calcula por "días multa", que pueden ser desde 1 día hasta 5 mil días, dependiendo del delito que hayas cometido. Cada día multa equivale a lo que ganas en un día de trabajo en el momento en que hiciste el delito, después de impuestos y descuentos. El valor mínimo de un día multa se basa en la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, que es una medida oficial que cambia según la ley. Para saber cuánto pagar, se usa el día en que el delito ocurrió o terminó, según el tipo de delito que sea.

Texto oficial

ARTÍCULO 38.- (Días de multa). La multa consiste en el pago de una cantidad de dinero al Gobierno del Distrito Federal fijada por días multa. Los mínimos y máximos atenderán a cada delito en particular, los que no podrán ser menores a un día ni exceder de cinco mil, salvo los casos señalados en este Código. El día multa equivale a la percepción neta diaria del inculpado en el momento de cometer el delito. El límite inferior del día multa será el equivalente al valor, al momento de cometerse el delito, de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México del Distrito Federal vigente, prevista en la Ley de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y que se actualizará en la forma establecida en esa Ley. Para fijar el día multa se tomará en cuenta: El momento de la consumación, si el delito es instantáneo; El momento en que cesó la consumación, si el delito es permanente; o El momento de consumación de la última conducta, si el delito es continuado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.