Artículo 69 Ter del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez condena a alguien por delitos como feminicidio, transfeminicidio, violación, abuso sexual contra menores de 12 años, turismo sexual o trata de personas, automáticamente ordena que esa persona quede registrada en el Registro Público de Agresores Sexuales. Ese registro comienza desde el momento en que la sentencia ya no se puede impugnar y dura como mínimo 10 años y hasta 30 años. Además, el registro se mantiene activo durante todo el tiempo que el sentenciado pase en la cárcel, incluso si la pena de prisión se cambia o suspende por alguna razón legal. Y cuando salga de prisión por cualquier motivo, el registro todavía lo va a perseguir por otros 10 a 30 años más.
Texto oficial
ARTÍCULO 69 Ter. - (Aplicación y alcances). El juez tratándose de sentenciados, por los delitos de Feminicidio en el supuesto previsto en el artículo 148 BIS fracción I, de Transfeminicidio en el supuesto previsto en el artículo 148 Ter fracción I, Violación previsto en los artículos 174 y 175, las conductas previstas en el artículo 181 BIS contra menores de 12 años, Turismo Sexual previsto en el artículo 186 y Trata de Personas, previsto en el artículo 188 Bis, todos de este código registro, en el Registro Público de Personas Agresores Sexuales, a partir de que cause ejecutoria la sentencia. Dicho registro tendrá una duración mínima de diez y máxima de 30 años. Artículo reformado G.O. CDMX 23/08/24 Dicho registro subsistirá durante todo el tiempo que dure el cumplimiento de la pena de prisión impuesta, aunque la pena de prisión impuesta sea sustituida o suspendida en términos de ley; y se extenderá por un tiempo mínimo de diez años y máximo de 30 años contados a partir de que el sentenciado, por cualquier motivo diversos a los ya señalados, obtenga su libertad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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