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Artículo 7 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Código Penal solo funciona en la Ciudad de México (antes Distrito Federal) y solo para los delitos que no son federales, como robos o asaltos comunes. Si cometes un delito dentro de la Ciudad de México, te juzgarán con estas reglas. Pero si el delito es federal (como narcotráfico), aplican otras leyes. En pocas palabras, la ley solo sirve para lo que pase aquí adentro.

Texto oficial

ARTÍCULO 7.- (Principio de territorialidad). Este Código se aplicará en el Distrito Federal por los delitos del fuero común que se cometan en su territorio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.