Artículo 85 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te condenan a pagar una multa, puedes cambiarla por trabajo en favor de la víctima o de la comunidad. O sea, en lugar de pagar dinero, puedes realizar tareas o labores que ayuden a la persona afectada o a tu colonia o ciudad. Esto lo decide el juez según tu situación, siempre que sea posible.
Texto oficial
ARTÍCULO 85.- (Sustitución de la multa). La multa podrá ser sustituida por trabajo en beneficio de la víctima o en favor de la comunidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.