Artículo 50 Ter de la LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Refugios Especializados son lugares donde se protege a personas que han sufrido violencia, y están bajo el control de la Fiscalía de la Ciudad de México. Cada año, esta Fiscalía debe pedir en su plan de gastos el dinero suficiente para que esos refugios sigan funcionando. En palabras más claras, la ley obliga a que siempre haya presupuesto garantizado para mantener estos espacios de ayuda.
Texto oficial
Artículo 50 Ter. Los Refugios Especializados estarán a cargo de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, la cual deberá incluir en su anteproyecto de presupuesto de egresos de la Ciudad de México de cada ejercicio fiscal los recursos necesarios para su operación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.