Artículo 67 de la LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El juez puede ordenar que te quiten las armas que tengas si eres el agresor, como una medida temporal para proteger a la otra persona. También debe avisarle a la autoridad federal, como la Secretaría de la Defensa, para que sepan que ya no las tienes. Esto no significa que te acusen de algo, solo es para prevenir que uses las armas y lastimes a alguien.
Texto oficial
Artículo 67. La Jueza o el Juez de Control podrá emitir como orden de protección preventiva la retención y guarda de armas en posesión de la persona agresora, y dar aviso a la autoridad federal competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.