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Artículo 72 de la LEY DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE LOS ANIMALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia de Atención Animal es como una oficina especial que depende de la Secretaría del Medio Ambiente, pero tiene libertad para tomar sus propias decisiones técnicas. Su trabajo principal es crear y llevar a cabo las reglas y acciones para proteger y cuidar a los animales en la Ciudad de México, además de asegurarse de que se cumpla esta ley. Para hacer su labor, se va a poner de acuerdo con el gobierno de la ciudad, las alcaldías, organizaciones que ayudan a los animales, instituciones de beneficencia y grupos civiles. En pocas palabras, es la autoridad encargada de velar por el bienestar de los animales y de coordinar esfuerzos con otros para lograrlo.

Texto oficial

Artículo 72.- La Agencia de Atención Animal es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Medio Ambiente, con autonomía técnica, que tiene por objeto generar y desarrollar las políticas públicas en materia de protección y cuidado de los animales en la Ciudad de México, así como la aplicación de las disposiciones de la presente Ley. Se coordinará con el Gobierno de la Ciudad de México, Alcaldías, Organismos No Gubernamentales, Instituciones de Asistencia Privada y Asociaciones Civiles que realizan trabajo a favor de la protección de los animales. Artículo reformado G.O.C.D.M.X27/03/24

Ver ley oficial en el DOF (pág. 55) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.