Artículo 15 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Turismo es la que organiza todo lo relacionado con el turismo en la CDMX, como crear planes, coordinar actividades y ponerlos en marcha para que el sector crezca. En esos planes se debe cuidar que el turismo sea sustentable, eso significa que respete la naturaleza, la cultura de los barrios y colonias, y que además genere trabajos y dinero para la gente que vive ahí, mejorando su calidad de vida. Si el turismo se hace en áreas naturales protegidas o zonas con valor ambiental, hay que seguir las reglas de la Ley Ambiental de la Ciudad y otras leyes parecidas.
Texto oficial
Artículo 15. La Secretaría será la dependencia responsable de planear, establecer, coordinar y ejecutar la política turística, con objeto de impulsar el crecimiento y desarrollo del turismo en la Ciudad de México. Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 En los planes y políticas que, para el desarrollo turístico se establezcan en la ciudad, se deberá cuidar que se mantengan las características de un turismo sustentable, a fin de garantizar el respeto al medio ambiente, la autenticidad sociocultural de las comunidades anfitrionas y asegurar el desarrollo de las actividades económicas viables, que reporten beneficios socioeconómicos, entre los que se cuenten oportunidades de empleo y obtención de ingresos y servicios sociales para las comunidades anfitrionas y que contribuyan a mejorar sus condiciones de vida. En los casos de las áreas naturales protegidas, así como en las áreas de valor ambiental, deberá sujetarse a lo establecido en la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México, su Reglamento y otros ordenamientos aplicables en la materia. Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.