Artículo 17 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Programa se va a crear, poner en marcha y revisar siguiendo las reglas de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México. Esto solo significa que la manera en que se hace y se mide el Programa debe cumplir con esa ley de la ciudad. Además, este Programa también cuenta como el "Programa Local de Turismo" que menciona la Ley General de Turismo. En palabras más claras, es la versión local del plan turístico que pide la ley federal. Eso es todo lo que dice este artículo.
Texto oficial
Artículo 17. El Programa se formulará, instrumentará y evaluará en los términos de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México. Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 El Programa se constituye en el Programa Local de Turismo a que se refiere la Ley General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.