Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 40 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica todas las formas en que la Ciudad de México promociona el turismo, tanto aquí en el país como en el extranjero. Por ejemplo, la Secretaría de Turismo y los hoteles, agencias de viajes y restaurantes pueden participar en ferias y congresos para dar a conocer la ciudad. También se les permite hacer libros, revistas, folletos y videos para presumir los atractivos turísticos, el patrimonio y los servicios que ofrece la capital. Además, se apoyan eventos anuales que organiza la propia Secretaría y se promueve la ciudad para que inversionistas nacionales y extranjeros quieran poner negocios turísticos aquí. Para terminar, la ley dice que se va a crear una aplicación de celular donde puedas consultar todo lo relacionado con el turismo en la CDMX, como lugares, hoteles, restaurantes, museos y eventos.

Texto oficial

Artículo 40. La Promoción Turística nacional e internacional comprenderá, entre otras, las siguientes actividades, estrategias y acciones: Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 I. La participación de la Secretaría y de los prestadores de servicios turísticos en eventos, congresos y exposiciones turísticas nacionales e internacionales; II. La publicación y distribución de libros, revistas, folletos y otros materiales audiovisuales o electrónicos, dedicados a la difusión de los atractivos turísticos, el patrimonio turístico, las categorías del turismo y los servicios turísticos de la Ciudad de México, a nivel nacional e internacional; Fracción reformada G.O. CDMX 04/04/2024 III. El apoyo a los eventos que de manera anual organice la Secretaría para la promoción de la Ciudad de México; IV. La promoción de la Ciudad de México como destino para la inversión turística entre inversionistas nacionales y extranjeros; V. La Secretaría, a través de programas de certificación, promoverá la excelencia en la gestión de los hoteles y restaurantes cuyos estándares de servicio y características arquitectónicas y gastronómicas, reflejen y promuevan la riqueza de la cultura mexicana; VI. La difusión de la marca, imagen y servicios turísticos, así como los atractivos turísticos de la Ciudad de México, en medios de comunicación masiva; y Fracción reformada G.O. CDMX 04/04/2024 VII. Cualquier otra actividad cuya finalidad sea la comunicación persuasiva para incrementar la imagen, los flujos turísticos, la estadía y el gasto de los turistas en la Ciudad de México. VIII. Generar una aplicación para dispositivos móviles en la que se publique todo lo relacionado con las actividades de interés turístico de la Secretaría de Turismo en la Ciudad de México incluyendo: atractivos, patrimonio, servicios, hoteles, restaurantes, recintos culturales y eventos turísticos de la Ciudad de México. Fracción reformada G.O. CDMX 04/04/2024

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.