Artículo 6 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que ocupa la Jefatura de Gobierno de la CDMX es la encargada de crear, dirigir y revisar cómo funciona el turismo en la ciudad. También debe publicar las reglas sobre dónde se puede desarrollar el turismo y declarar zonas especiales para que crezcan de forma sustentable, es decir, cuidando el medio ambiente. Además, preside el Consejo de Turismo, elige al jefe del Fondo de Promoción Turística y aprueba los programas de turismo de cada alcaldía. En pocas palabras, es el máximo responsable de todo lo relacionado con el turismo en la capital.
Texto oficial
Artículo 6. Corresponde a la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México: I. Formular, conducir y evaluar la política turística; Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 II. Publicar el decreto por el que se expide el ordenamiento territorial turístico; III. Formular las declaratorias de Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable Local; IV. Presidir el Consejo; V. Designar, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de Turismo a la persona titular de la Dirección General del Fondo Mixto de Promoción Turística; VI. Expedir el Programa y los Programas de las Alcaldías; y VII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos. CAPÍTULO II DE LA SECRETARIA
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