Artículo 60 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un negocio de turismo en la CDMX, tienes que cumplir con estas reglas: darles a los turistas información clara y real sobre precios, promociones y cómo se vende el servicio. También debes tener un registro de quejas aprobado por el gobierno, darles los datos estadísticos que te pidan, y capacitar a tu personal como marca la Ley Federal del Trabajo. Si contratan por internet, tu sistema debe ser seguro. Además, tienes que ahorrar agua y luz, reducir la basura, y cumplir con las normas de protección civil y con tus impuestos.
Texto oficial
Artículo 60. Son obligaciones de los prestadores de servicios turísticos: Párrafo reformado G.O. CDMX 04/04/2024 I. Aquellas señaladas en la Ley General, por lo que se refiere a la actividad turística realizada en el territorio de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 04/04/2024 II. Proporcionar a los turistas información clara, cierta y detallada respecto de las características, precios, tarifas y promociones de los servicios turísticos, así como las condiciones de su comercialización; III. Contar con un registro de quejas autorizado por la Secretaría; IV. Proporcionar la información estadística que les sea requerida por parte de la Secretaría, en los términos que señala la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; V. Capacitar a su personal, en los términos que señala la Ley Federal del Trabajo; VI. Contar con medidas de seguridad informáticas necesarias para realizar la contratación de sus servicios turísticos cuando se realice por medios cibernéticos; VII. Optimizar el uso del agua y energéticos en sus instalaciones, así como disminuir, en tanto sea posible, la generación de desechos sólidos; Fracción reformada G.O. CDMX 04/04/2024 VII Bis. Garantizar los requisitos de seguridad, atendiendo la normatividad en materia de gestión integral de riesgos y protección civil; Fracción adicionada G.O. CDMX 04/04/2024 VII Ter. Cumplir las obligaciones en materia fiscal establecidas en la normatividad aplicable; y Fracción adicionada G.O. CDMX 04/04/2024 VIII. Las demás que se señalen en esta Ley y en las demás leyes aplicables de la Ciudad de México. Fracción reformada G.O. CDMX 04/04/2024
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.