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Artículo 60 Bis de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los hoteles, departamentos o casas que renten habitaciones para hospedar gente por poco tiempo tienen que cumplir obligaciones extra para proteger a niñas, niños y adolescentes. Antes de dar el servicio, deben pedir una identificación oficial, como la credencial del INE, para asegurarse de que la persona que renta sea mayor de edad. Si un menor va a entrar a una habitación, solo lo puede hacer acompañado de un adulto que muestre un documento que compruebe que es su papá, mamá, tutor o custodio. El personal debe estar capacitado para prevenir y rechazar cualquier tipo de abuso o explotación infantil, y si notan algo sospechoso, tienen que reportarlo a las autoridades.

Texto oficial

Artículo 60 Bis. Todos los prestadores de servicios que brinden el servicio de hospedaje y estancia temporal, además de las obligaciones establecidas en la presente ley, deberán implementar medidas de seguridad para la protección de niñas, niños y adolescentes, previa prestación del servicio. Para tal efecto, deberán al menos, realizar lo siguiente: I. Solicitar la exhibición de credencial de elector o de cualquier otro documento oficial que demuestre la mayoría de edad; II. Autorizar el ingreso de niñas, niños y adolescentes a las habitaciones o inmuebles de uso habitacional destinado a la prestación del servicio de hospedaje o estancia turística eventual, exclusivamente en compañía de quien acredite mediante documento idóneo tener parentesco, o ser quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia; Fracción reformada G.O. CDMX 27/06/2025 III. Notificar a las autoridades correspondientes, en caso de advertir la posible comisión de un delito; y Fracción reformada G.O. CDMX 27/06/2025 IV. Capacitar y sensibilizar a su personal en la prevención y rechazo de cualquier acto de abuso sexual infantil, explotación sexual infantil con o sin fines comerciales, o cualquier otro tipo de explotación, y demás conductas punibles establecidas en las disposiciones aplicables. Fracción adicionada G.O. CDMX 27/06/2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

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