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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13358/62
Ley
LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
62

Artículo 62 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno de la Ciudad de México encargada del turismo) va a ayudar a hacer programas de capacitación y adiestramiento para los trabajadores de hoteles, restaurantes y demás negocios turísticos. Esto es para que los empleados aprendan y mejoren sus habilidades, y así los servicios que se ofrecen a los turistas en la Ciudad de México sean de mejor calidad y más competitivos. En pocas palabras, buscan que quien te atienda en un viaje esté mejor preparado.

Texto oficial

Artículo 62. La Secretaría participará en la elaboración de programas de capacitación y adiestramiento destinados a los trabajadores de los prestadores de servicios turísticos con el objetivo de incrementar la calidad y competitividad de los servicios turísticos que se presten en la Ciudad de México. Artículo reformado G.O. CDMX 04/04/2024

Ver texto oficial de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 35) ↗

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