- Ley
- LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 65
Artículo 65 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 65 dice que el Programa debe tener acciones del gobierno para enseñar sobre turismo. Esto significa que se tienen que crear planes para que la gente aprenda más sobre cómo funciona el turismo, ya sea en escuelas o con campañas. La idea es que tanto trabajadores como ciudadanos sepan la importancia de esta actividad. En pocas palabras, el gobierno tiene que promover la educación turística como parte de sus políticas.
Texto oficial
Artículo 65. El Programa deberá incluir políticas públicas en materia de educación turística.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.